| Enrique París
Roa, casado, 3 hijos, médico, miembro del Comité Central
del Partido Comunista, asesor de la Presidencia de la República,
fue detenido el 11 de septiembre de 1973, cuando se produjo el Golpe
de Estado de parte de las Instituciones Armadas de la República,
al salir del Palacio de La Moneda, que estaba siendo bombardeado.
Fue trasladado al Regimiento Tacna donde permaneció hasta
el 13 de septiembre, fecha en que fue conducido en un camión
militar con destino desconocido y hasta hoy permanece desaparecido.
Enrique París era Asesor del Presidente de la República
en materias de Educación Superior, profesor de la Universidad
de Chile en el Departamento de Filosofía y Letras y miembro
del Consejo Superior de esa Universidad.
El 11 de septiembre, desde tempranas horas de la mañana
se encontraba en el Palacio de La Moneda. A las 10:30 horas llamó
telefónicamente a su madre para expresarle que se encontraba
en ese recinto, solicitándole que cuidara a sus niños
y que sabía que pronto bombardearían el Palacio.
Ese 11 de septiembre de 1973, el Palacio Presidencial de La Moneda,
sede del Gobierno, fue asaltado por efectivos de Infantería
y de tanques del Ejército, dirigidos por el General Javier
Palacios, a los que se sumaron más tarde fuerzas de Carabineros.
A las 11:00 de la mañana comenzó el bombardeo de parte
de la Fuerza Aérea de Chile, que destruyó gran parte
de La Moneda.
Los miembros de la Guardia Presidencial, más conocida por
el calificativo de GAP, "Grupo de Amigos Personales -aludiendo
a una expresión del propio Presidente de la República-
y otras personas, permanecieron en el Palacio hasta que recibieron
la orden del Presidente Salvador Allende de salir, lo que se hizo
por una puerta de calle Morandé 80 del Palacio de La Moneda.
Allí fueron encañonados y golpeados por los Militares
y se les ordenó tenderse en el suelo con las manos en la
nuca, estando permanentemente amenazados, incluso de ser aplastados
por un tanque que se dirigió hacia ese lugar.
Dos miembros de la Guardia Presidencial, Antonio Aguirre Vásquez
y Osvaldo Ramos Rivera fueron hechos prisioneros en el interior
de La Moneda y fueron enviados a la Posta de la Asistencia Pública
porque estaban heridos, algunos días después estas
dos personas fueron sacadas desde dicho centro asistencial por efectivos
militares, permaneciendo desde entonces en calidad de detenidos
desaparecidos. Otros miembros del GAP que venían de la residencia
presidencial de El Cañaveral y Tomás Moro, no alcanzaron
a ingresar en La Moneda, siendo detenidos en sus proximidades por
Carabineros e ingresados en un primer momento a las dependencias
de la Intendencia de Santiago. Ellos eran, entre otros, Gonzalo
Jorquera Leyton, Williams Osvaldo Ramírez Barría,
Carlos Cruz Zavala y Domingo Blanco Tarrés, quienes formaban
parte de un grupo de aproximadamente 13 personas, algunos de los
cuales fueron posteriormente ejecutados, en tanto que los otros
permanecen en calidad de detenidos desaparecidos.
El doctor Oscar Iván Soto Guzmán en Declaración
Jurada del 29 de junio de 1981, ante notario en España, establece
que en su calidad de médico personal del Presidente de Chile,
Salvador Allende, se encontraba en el Palacio de La Moneda el 11
de septiembre de 1973 y que, al ingresar al recinto, encontró
a varios asesores, médicos y guardias de Allende, entre ellos
a Enrique París Roa, y que durante la mañana estuvo
en diversas ocasiones con ellos y que todas estas personas sobrevivieron
al bombardeo y fueron hechos prisioneros. A las 17:00 horas algunos
médicos fueron liberados y el resto fue enviado en buses
al Regimiento Tacna.
Las personas detenidas en La Moneda permanecieron en la calle
Morandé hasta las 18:00 horas. A esa hora, estos prisioneros
fueron conducidos en dos vehículos militares al Regimiento
Tacna, ubicado a unas 12 cuadras del Palacio de La Moneda y que
estaba a cargo del Coronel Joaquín Ramírez Pineda.
Los sobrevivientes de estos acontecimientos han entregado la información
que permite reconstruir estos hechos: los prisioneros permanecieron
en el mencionado Regimiento hasta el día 13 de septiembre.
Mientras estuvieron detenidos en ese regimiento fueron obligados
a arrastrarse hincados, estar tendidos, con los brazos sobre la
nuca o de pie con los brazos en alto. Durante casi 48 horas debieron
permanecer en posiciones dolorosas, en terreno áspero o de
huevillo, siendo pisoteados por los Militares que corrían
sobre ellos y que los golpeaban con las culatas de sus armas o les
proferían heridas con sus yataganes, con la permanente vigilancia
de guardias armados de ametralladoras, quienes los amenazaban y
solicitaban a los Oficiales ejecutarlos de inmediato. Posteriormente
permanecieron en un sector denominado los boxes o antiguas caballerizas;
desde allí los prisioneros eran llevados a una oficina ubicada
en el segundo piso del Regimiento, donde eran torturados e interrogados
por personal del Servicio de Inteligencia Militar, SIM. Posteriormente
eran devueltos, en malas condiciones físicas, a reunirse
con los otros prisioneros y a continuar en las posiciones dolorosas
que les asignaban. Cada cambio de guardia comenzaba con una golpiza
a culatazos de los prisioneros.
Estos prisioneros eran 49 personas. De ellas se ordenó
liberar, al día siguiente, a los 17 funcionarios de Investigaciones
que integraban el equipo de protección presidencial y se
separó a algunos otros prisioneros. Finalmente quedaron como
prisioneros un grupo de personas, de las cuales se ha identificado
a 21 de ellas: diez asesores del Presidente de la República
o funcionarios del gobierno, diez miembros de la Guardia Presidencial
y un obrero. Los asesores del Presidente eran Jaime Barrios Meza,
ingeniero comercial, asesor presidencial y Gerente General del Banco
Central de Chile; Sergio Contreras, relacionador público
de la Intendencia y periodista; Daniel Escobar Cruz, Jefe del Gabinete
del Subsecretario del Interior; Enrique Huerta Corvalán,
Intendente de Palacio; Claudio Jimeno Grendi, sociólogo,
asesor presidencial; Georges Klein Pipper, médico, asesor
presidencial; Eduardo Paredes Barrientos, médico, asesor
presidencial y ex Director de Investigaciones; Enrique París
Roa, médico psiquiatra, asesor presidencial y miembro de
Consejo Superior de la Universidad de Chile; Héctor Ricardo
Pincheira Núñez, estudiante de medicina, asesor presidencial;
y Arsenio Poupin Oissel, abogado, Subsecretario General de Gobierno
y asesor presidencial. Los miembros de la Guardia Presidencial,
que han podido ser identificados son los siguientes: José
Freire Medina, Daniel Gutiérrez Ayala, Oscar Lagos Ríos,
Juan Montiglio Murúa, Julio Hernán Moreno Pulgar,
Luis Rodríguez Riquelme, Jaime Sotelo Ojeda, Julio Tapia
Martínez, Oscar Valladares Caroca y Juan Vargas Contreras.
Además estaba el obrero Oscar Luis Avilés Jofré,
quien había concurrido a La Moneda en apoyo al Gobierno.
El detective Quintín Romero, sobreviviente de estos hechos,
ha declarado que cuando estaban detenidos en una caballeriza del
Regimiento Tacna les informaron que iban a fusilar a Enrique París.
Los Oficiales le preguntaron si quería confesarse y éste
les contestó que no, que no era creyente, que no necesitaba
un sacerdote. Trajeron a un sacerdote e hicieron pararse a París,
quien estaba tullido y le costó mucho hacerlo. Después
se llevaron a París y el detective no tuvo oportunidad de
volverlo a ver.
Alrededor de las 14:00 horas del día 13 de septiembre de
1973 estos prisioneros, amarrados de pies y manos fueron arrojados
en un camión militar, unos encima de los otros y fueron conducidos
fuera del Regimiento con destino desconocido.
Sin embargo, uno de los que logró sobrevivir y ha contribuido
a reconstruir estos hechos. Es Juan Bautista Osses Beltrán,
quien fue llevado detenido al Regimiento Tacna, pero fue incorporado
a otro grupo de prisioneros, lo que le permitió salir con
vida después de estar en prisión en el Estadio Chile
y en el Estadio Nacional.
Osses señala en su extensa declaración que un grupo
de 13 miembros de la Guardia Presidencial acompañó
a Allende a La Moneda y fue detenido en su interior. Posteriormente,
junto con los demás prisioneros fue conducido al Regimiento
Tacna y allí fueron informados que serían fusilados
a las 12:00 horas de la noche, después que el fusilamiento
sería a las 3:00 horas y más adelante, se señaló
a las 6:00 horas. Osses ha reconocido que entre los detenidos en
el Regimiento Tacna se encontraban Héctor Daniel Urrutia,
Daniel Gutiérrez, Enrique Huerta, Oscar Lagos Ríos,
Juan Montiglio, Julio Moreno, Eduardo paredes, Enrique París,
Georges Klein, Héctor Pincheira, Arsenio Poupin, Luis Rodríguez
Riquelme y Oscar Valladares.
El testigo fue sacado del Regimiento Tacna en la madrugada del
día 13 de septiembre de 1973 y conducido junto a otros detenidos
al Estadio Chile.
Beatriz Celsa Parrau Tejos, quien estuvo detenida en el Regimiento
Tacna, ha podido brindar algunos antecedentes importantes. Ella
estaba en INDUMETAL donde atendía a un herido en su calidad
de enfermera. A las 18:00 horas del 11 de septiembre, esta empresa
fue ocupada por Carabineros y todos los que allí estaban
quedaron detenidos y fueron conducidos a una Comisaría y
el mismo día, trasladados al Regimiento Tacna. Allí
supo que estaban detenidos los que habían sido apresados
en La Moneda y, a pesar de estar separada de ese grupo, tuvo la
oportunidad de verlos cuando iban al baño o cuando eran conducidos
a los interrogatorios. Allí vio a varios médicos,
que conocía por sus actividades profesionales y a dirigentes
del gobierno, entre ellos a Enrique París. También
observó a numerosos grupos de otros prisioneros que ingresaban
o salían. El 13 de septiembre, a mediodía, a través
de las rendijas del galpón en que estaban encerradas unas
90 mujeres, Celsa Parrau pudo ver salir un camión del Regimiento
llevando bultos que parecían cuerpos humanos. Cuando las
sacaron del mencionado galpón, a las 14:30 horas, observó
que ya no estaban los prisioneros de La Moneda.
Por su parte, el Jefe de Investigaciones en La Moneda, el detective
Juan Seoane, permaneció entre los detenidos de La Moneda
hasta después del mediodía del 13 de septiembre, momento
en que pudo presenciar como se llevaban a los prisioneros en el
camión militar, entre los cuales estaba Enrique París.
Según testimonios de los sobrevivientes, ellos escucharon
de los militares que participaron en la operación, que los
habían llevado a los campos militares de Peldehue, ubicados
en Colina, donde habrían sido fusilados e inhumados.
Un soldado del Regimiento Tacna, que pudo presenciar parte de
los hechos, relata que los prisioneros fueron amarrados con alambre
y lanzados a un camión Pegaso del Ejército que integró
un convoy que salió del cuartel a las 14:00 horas aproximadamente,
mientras se ordenaba a todos los conscriptos permanecer en sus cuadras
y no transitar por los patios. En la tarde regresó el contingente
que había formado parte del convoy y se corrió la
voz entre los militares que los prisioneros habían sido conducidos
al predio que el Regimiento Tacna tiene en los campos militares
de Peldehue, en Colina, allí habrían sido ultimados
frente a un hoyo o fosa, de un diámetro de unos cinco a seis
metros y de varios metros de profundidad, que existía a poca
distancia de la vivienda empleada por el personal de guardia del
predio. Los prisioneros eran colocados en grupos de cuatro al borde
de la fosa y se les disparaba. Una vez ejecutados y arrojados al
fondo del foso, se habrían lanzado granadas en su interior
y así continuaron las ejecuciones de cuatro en cuatro. El
soldado agrega que le correspondió ir al predio mencionado
a fines de septiembre de 1973 y encontró la citada fosa tapada.
Allí le confirmaron que se había enterrado a los ejecutados
en ese lugar y que éstos eran 26 ó 27, los cuales
antes de ser asignados gritaron consignas en favor del gobierno
de la Unidad Popular.
La familia de Enrique París sufrió persecuciones
y su conviviente estuvo detenida durante varios meses. Finalmente,
ésta y varios otros familiares debieron salir del país.
Sin embargo, esta matanza de prisioneros no ha sido jamás
reconocida oficialmente ni se han entregado los cadáveres,
y las personas mencionadas, entre ellas, Enrique París Roa,
se encuentran desaparecidas desde el 13 de septiembre de 1973.
GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 14 de octubre de 1973 se presentó un recurso de amparo
ante la Corte de Apelaciones de Santiago en favor de Enrique París
y Enrique Huerta, registrado con el rol N°529-73. El General
de Brigada, Herman Brady Roche informó el 14 de octubre de
1973, que estas personas no se encuentran detenidas por los Tribunales
Militares de este Juzgado y que practicadas numerosas averiguaciones
no se ha establecido que lo hayan sido por orden de autoridad administrativa.
La Policía de Investigaciones envió un informe similar
el 1° de octubre de 1973. El 18 de octubre de 1973 se declaró
sin lugar el recurso mencionado.
El 15 de noviembre de 1973 se presentó un denuncia por
presunta desgracia ante el Segundo Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía
de Santiago, número de rol 81.418-16, referida a la desaparición
de Enrique París Roa y de Enrique Huerta Corvalán,
entregando una nómina de civiles y militares que vieron a
los afectados el 11 de septiembre en el Palacio de La Moneda.
El Registro Civil de Independencia comunicó al Tribunal
que no aparecían inscritas las defunciones de los afectados.
Tres testigos, los médicos Carlos Patricio Guijón
Klein, Arturo Jirón Vargas y Danilo Bartulín Fodio,
confirmaron ante el Tribunal la presencia de los afectados en La
Moneda y su detención en ese lugar el 11 de septiembre de
1973.
La Policía de Investigaciones informó en Parte 335
del 24 de enero de 1974 que en el Regimiento Tacna no existe ninguna
clase de antecedentes sobre Enrique París o Enrique Huerta,
debido a que la situación imperante el 11 de septiembre no
se ingresaron en ninguna parte a los detenidos, los que, además,
estaban sólo de tránsito hacia otros lugares como
el Estadio Chile. Tampoco se obtuvieron antecedentes en el Instituto
Médico Legal, Hospitales, relaciones de personas asiladas,
cuarteles de carabineros, Policía Internacional y Cruz Roja.
El 3 de diciembre de 1974 la Titular del Segundo Juzgado del Crimen
de Santiago declaró cerrado el sumario y sobreseyó
temporalmente la causa porque "no se ha comprobado la existencia
de un delito en los hechos denunciados". El 26 de diciembre
de 1974 el Fiscal de la Corte de Apelaciones recomendó aprobar
el sobreseimiento. El 4 de abril de 1975 se aprobó el sobreseimiento
temporal por parte de la Corte de Apelaciones de Santiago.
El 29 de marzo de 1974 se presentó ante la Corte de Apelaciones
de Santiago un recurso de amparo por 131 personas desaparecidas
a partir del 11 de septiembre de 1973, en el cual se incluye a Enrique
París Roa. Este recurso se tramitó con el número
289-74 y fue denegado el 28 de diciembre de 1974, lo que fue confirmado
por la Corte Suprema el 31 de enero de 1975, la que simultáneamente
resolvió recomendar la designación de un Ministro
en Visita Extraordinaria. El Tribunal Pleno resolvió el 20
de febrero de 1975, designar al juez Enrique Zurita Camps, quien
se constituyó en el Primer Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía
de Santiago e inició el proceso rol N°106.657, ordenando
remitir la documentación de la querella por presunta desgracia
de Enrique Huerta Corvalán y Enrique París Roa del
Segundo Juzgado, así como otras querellas y amparos por otros
casos.
El 29 de septiembre del mismo año el Ministro en Visita
se declaró incompetente en virtud de que en los distintos
casos investigados aparecía involucrado en calidad de aprehensores
personal militar de Ejército, Fuerza Aérea, Carabineros
y Agentes de la DINA. Los antecedentes se enviaron al juez Militar,
quien asigna el número 1.382-76 a la causa. El sumario se
cerró el 9 de agosto de 1976 y el 14 de septiembre se sobreseyó
temporalmente.
El 29 de agosto de 1979 se inició una querella por secuestro
y presunto homicidio de Enrique París Roa, ante la justicia
militar que se registró con el rol 45-80 en la Tercera Fiscalía
Militar, esta querella es en contra de los efectivos Militares que
el día 11 de septiembre detuvieron al afectado y lo trasladaron
al Regimiento Tacna y, en definitiva, procedieron a ejecutarlo sin
previo juicio.
El 25 de octubre de 1979 el Fiscal Militar dio orden de investigar
a la Prefectura de Investigaciones.
El Parte 214 del 6 de diciembre de 1979 de la Prefectura Sur Este
de Santiago, de la Policía de Investigaciones reitera la
información del Parte 335 mencionado antes: el Regimiento
Tacna no tiene información, el Instituto Médico Legal
no tiene registrada la defunción del afectado ni hay antecedentes
en hospitales o recintos penitenciarios.
El 7 de enero de 1980, en oficio 3550/2, el Teniente Coronel Ricardo
Canales, Comandante del Regimiento Tacna informó al Tribunal
que en la unidad a su mando "...no existen antecedentes que
permitan determinar si en la fecha aludida en su Oficio hubo o no
personas que fueron detenidas en el Palacio de La Moneda".
El 6 de marzo de 1980, el Coronel Armando Vergara Larraín,
Jefe de Estado Mayor de la Comandancia General de Guarnición
del Ejército de Santiago, en Oficio reservado N°3550/203
informa al Tribunal que el Sr. Luis Joaquín Ramírez
Pineda era el Comandante del Regimiento Tacna el día 11 de
septiembre y que, a la fecha, es General de División con
el cargo de Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
El 17 de marzo de 1980, en oficio reservado N°3550/1, el General
de División Joaquín Ramírez Pineda, Jefe del
Estado Mayor de la Defensa Nacional remitió a la Tercera
Fiscalía Militar de Santiago la información siguiente:
"Dado el número de personas que ingresó al Regimiento
y a la situación que se vivía, en que el máximo
de personal estaba cumpliendo labores operativas, lo que permitía
dedicar sólo un mínimo de la dotación a tareas
de control y administrativas, no fue posible dejar constancia del
ingreso y salida de aquellas." Agrega que: "La cantidad
de personas ingresadas al cuartel, el largo tiempo transcurrido
hasta la fecha y la circunstancia de que el Comandante de la Unidad
debía fundamentalmente preocuparse de las tareas operativas
de la misma, impiden al suscrito recordar nombres específicos
de personas arrestadas o recibidas en el Regimiento".
Este proceso fue cerrado y sobreseído el 28 de marzo de
1980 y se le notifica al abogado querellante esta resolución
el 8 de mayo de 1980.
El Dictamen N°41 del 25 de marzo de 1980, de la Tercera Fiscalía
Militar establece que la investigación está agotada,
que no hay antecedentes suficientes que permitan establecer en forma
legal la comisión de algún hecho constitutivo de delito
en relación a la desaparición de Enrique París
Roa, que hay otras dos causas, la rol 1382-76 del Segundo Juzgado
Militar de Santiago y la rol 81418-6 del Segundo Juzgado del Crimen
sobre el mismo caso que han sido sobreseídas. En conclusión
recomienda sobreseer total y definitivamente la causa.
El 24 de abril de 1980 en la Resolución N°211 sobre
la causa rol 45-80, el Segundo Juzgado Militar de Santiago establece
el sobreseimiento temporal por no existir antecedentes para dejarlo
sin efecto.
El 12 de mayo del mismo año se apeló a esa resolución.
La Corte de Apelaciones confirmó el sobreseimiento el 22
de octubre de 1980.
El abogado de la parte perjudicada solicitó la reapertura
del caso presentando nuevos testigos y antecedentes.
El 22 de enero de 1981 el Juzgado Militar ordenó reabrir
el sumario. En marzo de 1981 declaró el doctor Patricio Arroyo,
quien confirmó que Enrique París estaba en La Moneda
el 11 de septiembre de 1973 y que lo vio en la fila de detenidos,
mientras él, por orden del General Javier Palacios la recorría
para sacar a los médicos del equipo del Presidente, equipo
en el cual no estaba el doctor París. Desde esa fecha no
vio más a París Roa.
El abogado querellante solicita que se oficie pidiendo la lista
del personal de la Guardia de Palacio. Esta solicitud fue denegada.
El 1° de abril de 1980 el Segundo Juzgado Militar declaró
el sobreseimiento temporal, el que fue confirmado por la Corte Marcial
el 15 de septiembre de 1981.
El proceso rol 1382-76 de la Tercera Fiscalía Militar se
sobreseyó temporalmente el 23 de octubre de 1980 y se rechazó
la apelación respectiva considerando que no se encuentra
justificada la perpetración del delito. Este se reabre el
22 de diciembre de 1980, al solicitarse nuevas gestiones, entre
ellas, citación a declarar al doctor Patricio Arroyo, que
estuvo en La Moneda en esa fecha y que se obtenga información
de los Oficiales de Ejército Javier Palacios Ruhman, Armando
Fernández Larios y Ernesto Baeza que estaban entre los efectivos
al mando de las tropas ese día 11 de septiembre de 1973.
El 2 de febrero de 1990, el Segundo Juzgado Militar sobreseyó
total y definitivamente la causa rol 1382-76, en virtud de las disposiciones
del Decreto Ley 2191 de 1978 que establece la amnistía para
las personas que hayan incurrido en determinados hechos delictuosos
durante el lapso comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y
el 10 de marzo de 1978. El abogado de la parte perjudicada presentó
un recurso de apelación a este sobreseimiento argumentando
que esta resolución es improcedente, agraviante y abusiva
porque se paraliza para siempre la búsqueda de la verdad
de los hechos, amnistía a personas desconocidas y deja en
la impunidad los hechos denunciados.
El 22 de febrero de 1990 este Tribunal concedió el recurso
de apelación y resolvió elevar los autos a la Corte
Marcial.
La detención y posterior desaparición de Enrique
París fue denunciada ante la Comisión Interamericana
de la Organización de Estados Americanos. El 14 de octubre
de 1973 el Gobierno de Chile ofreció realizar averiguaciones,
asegurando que París no estaba detenido y solicitó
un mayor plazo para reunir antecedentes, el 6 de julio de 1974 volvió
a solicitar un nuevo plazo, que la Comisión prolongó
por otros 90 días. Finalmente, el 29 de mayo de 1975, al
no recibir la información ofrecida, resolvió incluirlo
como un caso gravísimo de violación del derecho a
la vida, a la seguridad e integridad de la persona. Al mismo tiempo
instó al gobierno chileno para que continúe sus investigaciones
acerca de la suerte corrida por París Roa. La Comisión
acordó confirmar su resolución considerando verdaderos
los hechos de la queja presentada.
Inmediatamente después de la desaparición de el
afectado, la familia hizo consultas en postas, hospitales, morgues
y centros de detención. Estas gestiones no tuvieron éxito.
Egidio Enrique París Roa permanece en calidad de detenido
desaparecido.
Actualidad:
Primera Linea 4 de Abril 2002
Corresponden a detenidos desaparecidos de La Moneda
La ministra en visita Amanda Valdovinos, a cargo de verificar información
de la Mesa de Diálogo sobre la ubicación de los restos
de unos 20 detenidos desaparecidos al interior del Regimiento Justo
Arteaga, de Colina, descubrió el lugar exacto donde fueron
inhumados clandestinamente los cuerpos tras el golpe militar del
11 de septiembre de 1973. Una fuente exclusiva confirmó a
La Voz que los restos están en un pozo de 15 metros de profundidad.
En enero pasado, los trabajos de excavación en el terreno
-que fue donado por la Iglesia Católica al Ejército
para prácticas de guerra antes del golpe militar- se concentraron
en una fosa de 15 por 13 metros, desde donde se han extraído,
hasta la fecha, más de 400 fragmentos óseos esparcidos
en una profundidad de cerca de tres metros.
Sin embargo, los estudios del suelo realizados por un botánico
y por el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin)
permitieron precisar que los fragmentos corresponden a los restos
dejados por la remoción de las osamentas a finales de la
década del '70. La precisión de los especialistas
es tal, que se determinó que, por su ubicación fueron
arrastrados desde uno de los extremos del sitio de excavación
mediante el uso de una máquina retroexcavadora, cuyas características,
(marca, modelo y propiedad) están acreditadas en el proceso.
Pozo equivalente a seis pisos
Los fragmentos, entre los que se cuentan cráneos, falanges,
vértebras, dientes y arcadas, provienen de un pozo de unos
cinco metros de diámetro y unos 15 metros de profundidad
-equivalente a un edificio de seis pisos- donde fueron arrojados
los cuerpos, una vez fusilados los detenidos y dinamitados (mediante
granadas) en su interior. En los próximos días, las
excavaciones se concentrarán en ese lugar y no se descarta
que se verifiquen hallazgos de gran magnitud de osamentas.
Hasta el momento, con las recolecciones efectuadas, el Servicio
Médico Legal ha podido aproximar en una decena las personas
cuyos restos estaban en el lugar. Sin embargo, con las piezas dentales
y los antecedentes con que cuenta el proceso se han podido confirmar
cinco identidades, que sólo serán oficializadas una
vez agotadas las diligencias.
Los familiares de las presuntas víctimas han sido informadas
periódicamente por la jueza Valdovinos El último informe
entregado por la ministra a la Corte Suprema confirma, además,
los errores en el informe entregado por el Ejército a la
Mesa de Diálogo, ya que el lugar ha sido localizado gracias
a testimonios de lugareños y ex uniformados que se han acercado
voluntariamente al tribunal. Todos los antecedentes reunidos por
la ministra Amanda Valdovinos serán derivados a los tribunales
del Crimen o militares que correspondan para determinar a los responsables
de los homicidios y las inhumaciones y exhumaciones ilegales acreditadas
en la investigación.
¿Quiénes son?
Según el Informe Rettig, 21 fueron los detenidos de La Moneda
que terminaron trágicamente en Colina. Los asesores del Presidente
Allende Eduardo Paredes Barrientos, ex director de Investigaciones;
Enrique París Roa, Jaime Barrios Meza, gerente general del
Banco Central; Sergio Contreras, Daniel Escobar Cruz, Enrique Huerta
Corvalán, Claudio Jimeno Grendi, doctor Georges Klein Pipper,
Héctor Pincheira Núñez y Arsenio Poupin Oissel,
subsecretario General de Gobierno. Los miembros del GAP José
Freire Medina, Daniel Gutiérrez Ayala, Oscar Lagos Ríos,
Juan Montiglio Murúa, Julio Moreno Pulgar, Luis Rodríguez
Riquelme, Jaime Sotelo Ojeda, Julio Tapia Martínez, Héctor
Urrutia Molina, Oscar Valladares Caroca, Juan Vargas Contreras y
Oscar Luis Avilés Jofré.
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